El régimen de “Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas” entró en vigor el 1 de junio del 2020.
El SAT lo implementó con el fin de llevar una mejor administración en la declaración de impuestos para personas que generan ingresos a través de plataformas digitales.
Llevo varios años trabajando en el sector de medios digitales, así que he tenido que investigar a detalle en qué consiste este régimen para saber cuáles son sus implicaciones y si conviene registrarse en este régimen.
Esto es lo más importante que debes saber:
En qué consiste el régimen de plataformas digitales
Todas las personas que generen ingresos por medio de aplicaciones como Airbnb, Mercado Libre, Amazon, Didi, Rappi, entre otros, tienen la obligación de hacer sus declaraciones fiscales y por tal pagar impuestos.
Todos los vendedores de plataformas digitales deben hacer cierto porcentaje de retención de ISR, IVA o Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) por cada transacción o venta que generen.
Cómo identifica el SAT a una “plataforma tecnológica”
Se considera como “plataforma tecnológica”, a todos los sitios o aplicaciones que sean de intermediación, digital, informática, o asuntos relacionados.
Todos los contribuyentes que deseen inscribirse bajo este régimen deben contar con un RFC. Todos los prestadores de servicios digitales inscritos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, también deben pertenecer a este régimen.
Contribuyentes que tributan bajo este régimen
De acuerdo a información que encontré en la plataforma del SAT, puedo decirte que las personas físicas o morales que presten los siguientes servicios, deberán tributar a través de este régimen:
- Clases o cursos virtuales
- Páginas o Apps de citas
- Venta de contenido digital
- Comercio de bienes
- Entrega de alimentos preparados
- Transporte terrestre de pasajeros
- Otros servicios digitales
Obligaciones fiscales
Vayamos a un punto importante.
Cuando estuve investigando sobre este régimen, uno de los factores que más me interesa es lo relacionado con las obligaciones, esto incluye los impuestos que se pagan.
Pago del ISR
Todos los contribuyentes que no presenten sus retenciones en tiempo y forma, recibirán una sanción en donde se les descuente hasta el 36% de ISR y el 16% del IVA.
Te muestro las tasas únicas de retención del ISR:
- 2.1% para prestadores de servicios de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes.
- 4% para prestadores de servicios de hospedaje.
- 1% enajenación de bienes y prestación de servicios.
- El porcentaje retenido de ISR en la declaración anual va a depender de los ingresos que genere cada persona en un año (consulta las tasas en la tabla anual de ISR que encontrarás más adelante).
Tienes la opción de realizar tu cálculo de impuestos, tanto de ISR como IVA, mediante dos esquemas tributarios:
Pagos definitivos
Este pago es válido únicamente para personas que tengan ingresos menores a los $300,000 pesos anuales, destacando también que no está permitido realizar deducciones para el pago de los impuestos.
En este caso el porcentaje que retenga la plataforma por cada venta se clasifica como pago único, es decir que ya no tienes que pagar impuestos adicionales.
Cabe mencionar que este pago no excluye a los contribuyentes de realizar sus declaraciones mensuales y anuales ante el SAT.
Pagos provisionales
Los impuestos deben calcularse de acuerdo a una tabla del ISR anual general en donde se abarque una tasa de hasta el 35%:
Límite Inferior | Límite Superior | Cuota Fija | % aplicable sobre el excedente del límite inferior |
0.01 | 8,952.49 | 0 | 1.92 |
8,952.50 | 75,984.55 | 171.88 | 6.4 |
8,952.50 | 75,984.55 | 171.88 | 6.4 |
133,536.08 | 155,229.80 | 10,723.55 | 16 |
155,229.81 | 185,852.57 | 14,194.54 | 17.92 |
185,852.58 | 374,837.88 | 19,682.13 | 21.36 |
374,837.89 | 590,795.99 | 60,049.40 | 23.52 |
590,796.00 | 1,127,926.84 | 110,842.74 | 30 |
1,127,926.85 | 1,503,902.46 | 271,981.99 | 32 |
1,503,902.47 | 4,511,707.37 | 392,294.17 | 34 |
4,511,707.38 | En adelante | 1,414,947.85 | 35 |
A través del pago definitivo si es posible hacer deducciones, esto beneficia a los contribuyentes con una reducción en el pago de los impuestos.
Es importante recalcar que todos las personas físicas que elijan cualquiera de los dos pagos (definitivos o profesionales), deberán permanecer al menos 5 años bajo un solo esquema.
Retención del IVA
El Impuesto de Valor Agregado (IVA) se debe aplicar mensualmente (declaración fiscal antes del 17 de cada mes) con una tasa del 16% al total de transacciones realizadas en este lapso de tiempo.
Si las ventas se realizan de forma directa a los clientes, la retención del IVA baja a un 8%. Siempre y cuando las personas físicas cuenten con RFC y tengan en forma sus CFDIS.
Plataformas digitales extranjeras
Los residentes extranjeros deberán cumplir con las siguientes obligaciones fiscales:
- Estar inscritos al RFC y conocer cada dos meses el listado del SAT de los prestadores de servicios digitales publicados en el portal web del SAT.
- Designar a un representante legal y añadir un domicilio en México.
- Tener la e.firma (firma electrónica SAT) Trámite que se realiza en el SAT.
- Emisión de facturas electrónicas (CFDIS) con las retenciones correspondientes.
- Proporcionar información de los clientes a los que se les emite factura ( nombre o razón social, RFC, CURP, domicilio fiscal, institución financiera con clave interbancaria, monto y dirección del inmueble en caso de prestar servicios de hospedaje).
Claves de producto o servicio
Las facturas que se generen bajo el régimen de “Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas” deberán llevar una clave de producto o servicio de acuerdo al tipo servicios o artículos que venda cada contribuyente:
- 81112105 Servicios de hospedaje de operación de sitios web.
- 78111808 Alquiler de vehículos (Renta de vehículos, Servicios privados de transporte de pasajeros).
- 78111802 Servicios de buses con horarios programados (Servicios de autobuses programados).
- 78111808 Alquiler de vehículos (Renta de vehículos, Servicios privados de transporte de pasajeros).
- 90101802 Servicios de comidas a domicilio
- 86111501 Servicios de orientación para el aprendizaje a distancia.
- 86111502 Servicios de enseñanza a distancia.
- 86111503 – Servicios de aprendizaje diplomado a distancia
Te sugiero acceder al siguiente enlace para conocer más sobre el catálogo de productos y servicios SAT
También tienes la oportunidad de ingresar al catálogo de claves de unidad las cuales también sirven para emitir tus facturas (apartado producto y servicio).
Preguntas frecuentes
¿Cómo saber si estoy en pagos provisionales o definitivos?
Te recomiendo descargar o consultar tu constancia de situación fiscal, ahí tendrás la facilidad de encontrar el esquema al que perteneces, con base a las obligaciones fiscales que debas presentar ante el SAT (lee nuevamente el apartado de obligaciones fiscales que se encuentra dentro de este artículo).
¿Qué pasa si además de ingresos a través de plataformas tecnológicas tengo una tienda física u otros ingresos?
Este régimen solo te permite declarar ingresos relacionados con la oferta de servicios por medio de plataformas tecnológicas.
En caso de tener otro tipo de ingresos, lo ideal es registrarse ante el SAT bajo otro régimen, siempre y cuando este sea compatible el régimen de plataformas tecnológicas (RESICO no es compatible).
¿Qué no puedo tributar en el régimen de plataformas tecnológicas?
Todos los productos o servicios que no sean vendidos a través de sitios web, aplicaciones móviles o cualquier otro medio digital, están excluidos de este régimen.
Artículos Recomendados