El uso de los sistemas de factura electrónica se ha convertido en una práctica cada vez más popular entre los dueños de empresas, negocios (personas morales) y aquellas personas que necesitan emitir comprobantes fiscales aunque no pertenezcan a alguna empresa o asociación (personas físicas).
Dependiendo de si eres una Persona Física o una Persona Moral es el proceso que debes seguir para la emisión de facturas electrónicas. A continuación te describimos las diferencias entre personas físicas y personas morales para que decidas cuál se adapta mejor a tu situación:
- Persona Física: Es todo ser humano.
- Persona Moral: Es una organización de personas que se unen para conseguir un fin lícito conocido como objeto social. Puede contraer obligaciones, gozar de derechos y estar formada por personas físicas u otras personas morales.
Las personas morales pueden ser Públicas, Privadas o Sociales; dependiendo de la rama del Derecho a la que pertenezcan. Inclusive existen semejanzas y diferencias entre estos dos tipos de personas legales, como:
1. Razón Social
La razón social incluye en todo o en parte los nombres propios de los socios; en tanto que la denominación social puede hacer referencia a la actividad que desarrolla la sociedad o ser un nombre inventado.
2. Personalidad Legal
Ambas personas tienen personalidad legal, esto significa que pueden ejercer derechos y contraer obligaciones. Sin embargo, en el caso de las personas morales, esta capacidad está limitada a las actividades necesarias según el fin por el cual fueron creadas.
Ambas personas tienen un patrimonio, es decir, un conjunto de derechos y obligaciones apreciables en términos económicos. Tienen un domicilio, el cual está definido como el lugar físico en que se establece la persona.
Al realizar sus negocios de acuerdo a la legislación vigente, las personas físicas y morales obtienen seguridad jurídica y los siguientes beneficios:
- Contar con medios legales para protegerse en caso de una controversia con otros.
- Contribuir al desarrollo económico y social del entorno en el que se encuentra.
- Enriquecer el mercado al favorecer la competitividad.
- Propiciar la innovación.
- Ser titulares de derechos como contribuyentes.
Adicionalmente, en el caso de las personas morales:
- Tener exclusividad en el uso de una denominación o razón social.
- Contar con reglas internas para su funcionamiento y responsabilidad de los involucrados.
- Unir esfuerzos para lograr el crecimiento del negocio.
3. Constitución
Finalmente escribiremos como se crea cada tipo de persona:
La persona moral estará constituida una vez que haya realizado los pasos anteriores. Sin embargo, tenga en cuenta que requerirá de permisos y licencias específicos para iniciar operaciones dependiendo del giro del negocio elegido.
Así que si estas por iniciar actividades económicas ya sabes cuales son los dos tipos de régimen que existen en nuestro país, solo es decisión tuya el integrarte al que más te convenga, y hacer conocer los requisitos para las personas físicas para tramitar la factura electrónica, o las personas morales y así estar cumpliendo con una de las principales obligaciones fiscales, la declaración y pago de impuestos, como lo muestra la siguiente imagen:
Tanto personas físicas como personas morales necesitan utilizar el mejor sistema de facturación electrónica para asegurarse de tener todos los servicios necesarios y facturar en tiempo y forma.
Hola, necesito de su valioso apoyo para saber cómo realizar la facturación,entre personas físicas con servicios profesionales,muchas gracias.
Hola, estoy a punto de comenzar con un negocio ofreciendo tours de diferentes compañías, cual es la opción que me conviene mas?
Muy útil la información proporcionada gracias desconocía el tema
Muchas gracias x la información
Al contrario José, gracias por leernos.
Buenas tardes.
Si yo quiero iniciar un negocio de prestadores de servicios ejemplo de mantenimiento y remodelacion en general.
A qué régimen me conviene
Creo que más de alguno que no teníamos ni idea de la diferencia entre una persona física y un persona moral habíamos visto formularios en los que se pedía esta información y pues realmente desconocíamos que elegir.
Con esta información queda bastante claro que si no poseemos un negocio y somos empleados únicamente en alguna empresa, se trata de que somos una persona física y de ser así ya podemos saber como realizar nuestros registros y declarar.
Se agradece mucho la información expuesta y espero sigan publicando artículos que resuelvan nuestras dudas de las personas que apenas estamos comenzando a meterme en este mundo.
Saludos cordiales
Adrian Marin Cardoso
Hola Adrian, me alegra leer tu comentario sobre todo saber que fue de ayuda la información. ¡Recibe un enorme saludo!